VISADO DE ESTUDIANTE
Si eres extranjero, siempre es recomendable que te dirijas personalmente al Consulado de España en tu país de origen para aclarar los requisitos que soliciten para obtener el visado de estudios.
El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Gobierno de España, detalla los documentos necesarios.
Dependiendo de la duración de los estudios, se deberán solicitar dos tipos de visado.
Visa Schengen
Esta visa es conocida como la visa de visitante de corta duración. En este caso, los estudios deben tener una duración entre los 90 y 180 días.
El estudiante deberá finalizar su formación dentro del período establecido debido a que esta visa no tiene posibilidad de extensión. Es decir, no se puede renovar.
Para períodos superiores a lo anteriormente mencionado, se debe solicitar una visa específica de estudios.
Visado de estudios
Para una estancia mayor a 180 días, la persona interesada deberá entregar en el Consulado de España en su país, la siguiente documentación (en original y copia):
- Formulario de solicitud de visado que podrás encontrar en la página web del Consulado.
- Fotografías en color, tamaño pasaporte y a fondo blanco.
- Pasaporte que debe estar vigente o título de viaje.
- Títulos de estudios realizados previamente. Para algunos países es necesaria la Apostilla de la Haya.
- Carta de admisión del centro de estudios.
- Seguro médico.
- Carta o certificado de antecedentes penales.
- Certificado médico que valide que la persona solicitante no padece de enfermedades que puedan repercutir gravemente en la salud pública.
- Constancia de fondos económicos suficientes para cubrir la estancia en el período por el que se solicita la visa. Si los fondos pertenecen a un familiar, estos documentos deben estar debidamente notariados y apostillados.
Debes tener en cuenta que, si al llegar a España deseas conseguir empleo, con este tipo de visado sólo podrás hacer prácticas en empresas. Es decir, trabajar a jornada reducida y puede que algunas empresas ofrezcan prácticas con una ayuda económica al estudiante.
TIE (TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO)
Si tu estancia es superior a 180 días deberás tramitar el TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero), documento que acredita la situación regular de las personas extranjeras en territorio español. Además de esto, también sirve para identificar a la persona y justificar que tiene autorización para permanecer en España. Todos los extranjeros que cuenten con una autorización o visado para permanecer en territorio español por más de seis meses, tienen la obligación de tramitar y obtener el TIE en el plazo de un mes desde que entran en España o desde que les sea concedida la autorización.
El TIE se tramita en la Oficina de Extranjeros o en la Comisaría de Policía de la localidad donde vaya a residir el estudiante. Siempre deberá realizar la solicitud el interesado personalmente y solicitando cita previa en la página web de la Brigada de Extranjería.
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